Desde el Gobierno Nacional agilizan trámites del transporte de productos derivados de granos. Así se amplía el alcance de la carta de porte electrónica.
Con esta medida se incluyen ahora productos derivados para mejorar la trazabilidad y simplificar los trámites de transporte de la producción de granos y derivados.
La misma fue impulsada por los ministerios de Transporte; Seguridad; y Agricultura, Ganadería y Pesca, en conjunto con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
“Sumamos a la carta original, lanzada en 2021, 94 subproductos de origen granario, para brindar mayor fortaleza a su trazabilidad y a su comercialización”
Luego, el ministro de Transporte, Alexis Guerrera, agregó: “así, reducimos las posibilidades de evasión y de comercialización en negro”.
De tal forma, el Gobierno extiende la utilización de la carta de porte electrónica que, desde su implementación, ya superó la cifra emitida de cuatro millones.
Dicho documento será el único válido para el trasporte y entrega a un operador incluido en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial.
Solo se encuentran exceptuados de esta herramienta los productos derivados de granos de importación y/o exportación que estén respaldados por la documentación aduanera.
También, los que el destinatario sea un consumidor final, y los productos envasados en contenedores específicamente detallados en normativa de AFIP.
Para los demás casos, queda prohibido el tránsito y/o la descarga de derivados de granos no debidamente respaldados por la carta de porte electrónica.
La iniciativa entrará en vigencia el 15 de diciembre de 2022 y serán de aplicación obligatoria a partir del 1 de marzo de 2023.
Con esta medida se agilizan trámites y se potencian las herramientas para brindar un servicio más moderno y seguro a todos los transportistas.
Fuente: Ministerio de Trasporte