Después de tanto esperar, ahora sí es una realidad y el transporte le dice adiós a la LiNTI que era exigible a los conductores profesionales.
Los cambios en la Ley Nacional de Tránsito fueron realizados por el Gobierno Nacional a través del decreto 196/2025, publicado en el Boletín Oficial.
Dicho decreto abarca diversas variantes sobre las licencias de conducir, la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y los peajes, entre otras modificaciones destacadas.
Con este anuncio, estas modificaciones pretenden agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores, tanto particulares como profesionales.
La publicación en el Boletín Oficial ahora sí le da al decreto validez oficial, y deja de lado declaraciones que solo sirvieron para generar confusión.
Licencia Nacional de conducir: se implementa la versión digital, válida en todo el país y renovable en forma remota, mediante una constancia de aptitud física.
Esta constancia debe ser otorgada por profesionales registrados y enviada para su registro. La LNC se podrá visualizar a través de la App Mi Argentina.
La licencia de conducir física, será opcional. Para los conductores que cambien de jurisdicción no será necesarios que vuelvan a emitir su licencia.
Su renovación será “online”, con los siguientes plazos:
Cada 5 años para menores de 65 años, cada 3 años en caso de mayores de 65 años y en forma anual a partir de los 70 años.
En los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá la aprobación de un examen teórico práctico.
Los principiantes deberán utilizar el cartel identificatorio de su condición durante 6 meses. De incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.
Asimismo, se establece que los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, podrán realizarse por prestadores públicos y/o privados.
Ahora sí: Licencias válidas
Se elimina la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), y son aceptables las licencias nacionales de conducir profesionales clases C, D y/o E.
Estas serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, debiendo ser emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
De este modo, ya no se podrá circular con licencias otorgadas bajo legislación municipal o provincial junto con la LiNTI.
Estos conductores podrán canjear sus licencias por una Licencia Nacional de Conducir antes de la entrada en vigencia de estas modificaciones en 60 días.
Para mayor información: https://www.argentina.gob.ar/seguridadvial